Consentimientos Informados

La Clínica San Camilo pone a su disposición un derecho establecido por la Ley 26.529 de Derechos del Paciente, en su Cap. III, en relación con el Consentimiento Informado.

El mismo constituye una herramienta mediante la cual un profesional de la salud, luego de establecer un diagnóstico, le brinda al paciente una sugerencia clara y simple del plan terapéutico y del procedimiento que se le realizará.

En dicho marco, el paciente, en condiciones de autonomía de la voluntad, o bien su representante (ante condiciones donde no tenga capacidad de comprensión o competencia), avala o autoriza el mismo, otorgando su consentimiento para ejecutar el procedimiento o tratamiento indicado.

El Consentimiento Informado describe la necesidad de intervención, los objetivos, los beneficios, los riesgos o molestias relacionados con dicha intervención o conducta, como así mismo la probabilidad de que surjan complicaciones y/o consecuencias.

Antes de su firma usted puede consultar acerca de la posible existencia de procedimientos o métodos alternativos, sus ventajas e inconvenientes, como así también cualquier duda que le surja luego de la explicación que hubiese dado su médico tratante.

Es importante destacar que este aval o consentimiento puede ser revocado en cualquier momento por el paciente, o bien por su representante legal, en el caso de que éste no se encuentre en condiciones de competencia para llevarlo a cabo.

La Clínica San Camilo cuenta con distintos Consentimientos Informados en el marco de la disposición vigente, dando así participación al paciente en forma activa en el proceso de la toma de decisión sobre una terapéutica determinada, aceptando o denegando la misma.